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Formulario de solicitud de realización de sesiones fotográficas y/o filmaciones dentro del complejo monumental de la Catedral de Sevilla

Con un MÍNIMO DE 30 DÍAS DE ANTELACIÓN dirige usted esta solicitud al Cabildo de la Catedral de Sevilla.

 

TRAMITACIÓN

  1. La Coordinadora de Actividades Culturales informa sobre la solicitud.
    • Si afecta a obras en curso de restauración o en estado delicado de conservación, informa también el Dep. de Bienes Muebles.
    • Si afecta a las instalaciones, es necesaria la intervención del personal de conservación de la Catedral, presentar un presupuesto y aceptar su coste.
  2. El Presidente del Cabildo o el Cabildo, en su caso, concede o deniega la petición.
  3. La decisión se notifica al interesado, a los Rectores (para reservar fecha y hora en firme) y a la Coordinadora de Actividades Culturales.
  4. El canon por la sesión fotográfica o de filmación es de 90 €, por hora para mantenimiento y gastos generales y 18 €, por hora prestada por el personal de la Catedral, en concepto de atención obligatoria por parte de un empleado de la Catedral. A esta cantidad se le aplicará el IVA correspondiente.

FORMA DE ABONO:
El pago del importe que se derive de la prestación de estos servicios se efectuará previamente a la celebración del acto concertado, visita o sesión fotográfica, mediante ingreso en la cuenta nº 3300040861 de CAJASUR, c/ Sagasta. O.P. a nombre del Excmo. Cabildo de la S.I. Catedral de Sevilla. Así mismo, deberán remitir a la Catedral copia del ingreso efectuado, indicando el número de identificación fiscal de la persona o entidad, al siguiente número de fax: 954 22 84 32

EJECUCIÓN

  • La ejecución de la filmación o sesión fotográfica se llevará a cabo en conexión y bajo la dirección de la Coordinadora de Actividades Culturales.
  • Ante circunstancia imprevista grave, el Presidente del Cabildo se reserva siempre la posibilidad de cambiar o anular la autorización concedida.

CONDICIONES

  1. A los efectos de esta normativa, se considera como filmación, toda obtención de imágenes, sobre cualquier tipo de soporte, de cualquier objeto, elemento o recinto situados en el interior o cubiertas del Monumento.
  2. Sólo se autorizarán filmaciones o sesiones fotográficas cuyos contenidos o valores sean acordes con el carácter histórico del monumento y su naturaleza específicamente religiosa. *Las grabaciones sólo se podrán utilizar para fines culturales, informativos o divulgativos, nunca con fines comerciales.
  3. El solicitante deberá especificar con toda claridad tanto el número de participantes en la filmación con su D.N.I., como las fechas, lugares y materiales a emplear. Está prohibida toda grabación con modelos, figurantes o actores.
  4. Toda conexión que deba realizarse sobre las instalaciones del Monumento se harán por el personal autorizado por la Catedral, quedando expresamente prohibida la manipulación de cualquier parte de las redes por el personal adscrito a la filmación o sesión fotográfica.
  5. En todo momento los equipos autorizados deberán someterse a los horarios, instrucciones escritas o verbales tanto de carácter técnico como de procedimiento, que le sean impartidas por el personal de la Catedral, acomodándose al normal desarrollo de la visita pública al Monumento u otros actos programados, especialmente actos religiosos que se celebraran.
  6. El solicitante se compromete a cuidar y vigilar el correcto comportamiento y respeto al Monumento por parte de las personas que intervengan en el rodaje, haciendo respetar escrupulosamente la integridad de todos los elementos ornamentales y arquitectónicos, quedando expresamente prohibidos los anclajes que supongan perforación o deterioro, así como las tensiones o pesos excesivos sobre cualquier elemento.
  7. Por razones de seguridad el solicitante comunicará por escrito los D.N.I. de todo el equipo participante en la filmación que dependerá exclusivamente de quien solicita, esperando bajo su responsabilidad y riesgo, así como el listado de vehículos de arrastre o de depósito de material, etc., que permanecerán aparcados durante la filmación.
  8. El solicitante de la actividad de filmación o fotografías se compromete a asumir las siguientes responsabilidades:
    • Pago de las cantidades establecidas por el Cabildo de la Catedral para estos casos: a efectos de fijación de precios, se considera tiempo de filmación todo el transcurrido durante la permanencia de los equipos de rodaje en el interior del monumento.
    • Vigilancia y custodia de los bienes o equipos de su propiedad.
    • Abono de las cantidades en concepto de reparación de daños que se puedan producir en los bienes muebles o inmueble de la Catedral, sean de carácter histórico o no, aceptando la valoración que en su caso presente el Cabildo.
  9. En las copias de la filmación deberá figurar la colaboración del Cabildo de la Catedral. El solicitante de la filmación facilitará una copia íntegra a la Catedral, para su archivo, no pudiendo ésta hacer uso de dicha copia con fines comerciales.

 

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